Psicóloga Clínica.
Días antes de las elecciones escribimos un artículo que fue publicado en diferentes medios, donde hacíamos un somero recuento de las promesas electorales de los candidatos presidenciales a los dominicanos y dominicanas en el exterior y nos comprometíamos a DAR SEGUIMIENTO a las mismas y, sobre todo, a RECORDARLE a quien resultase ganador de la contienda electoral las mismas. Reitero mi compromiso y esta es la primera ocasión de recordarle al Dr. Leonel Fernández, Presidente de nuestro país sus promesas, algunas de las cuales reproduzco a continuación:“El presidente Fernández en una reunión en New York, expresó que “ tan pronto pasen las elecciones venideras convocará un encuentro con la comunidad dominicana para diseñar un plan de políticas públicas, que involucre tanto la diáspora criolla como a los residentes en la República Dominicana. Dijo que esa reunión buscaría diseñar un plan estratégico que permita aprovechar las mejores experiencias de ambas sociedades e involucrarlas en el proceso de desarrollo del país”. Asimismo, acogió la propuesta de que se incluya en la reforma constitucional la elección de un diputado por cada 75,000 dominicanos que residan en el exterior.
Días antes de las elecciones escribimos un artículo que fue publicado en diferentes medios, donde hacíamos un somero recuento de las promesas electorales de los candidatos presidenciales a los dominicanos y dominicanas en el exterior y nos comprometíamos a DAR SEGUIMIENTO a las mismas y, sobre todo, a RECORDARLE a quien resultase ganador de la contienda electoral las mismas. Reitero mi compromiso y esta es la primera ocasión de recordarle al Dr. Leonel Fernández, Presidente de nuestro país sus promesas, algunas de las cuales reproduzco a continuación:“El presidente Fernández en una reunión en New York, expresó que “ tan pronto pasen las elecciones venideras convocará un encuentro con la comunidad dominicana para diseñar un plan de políticas públicas, que involucre tanto la diáspora criolla como a los residentes en la República Dominicana. Dijo que esa reunión buscaría diseñar un plan estratégico que permita aprovechar las mejores experiencias de ambas sociedades e involucrarlas en el proceso de desarrollo del país”. Asimismo, acogió la propuesta de que se incluya en la reforma constitucional la elección de un diputado por cada 75,000 dominicanos que residan en el exterior.
También prometió “que hay que canalizar de manera institucional el envío de remesas e integrar a la población dominicana en el extranjero a una política nacional de desarrollo, debido a que aportan el 12 por ciento del Producto Interno Bruto. Enfatizó que desde este punto de vista su gobierno debe de buscar la articulación del diseño y la aplicación de una política que vincule a la diáspora dominicana a una estrategia nacional de desarrollo”. Además ,prometió introducir una enmienda constitutiva que permitiría que aquellos niños nacidos en el extranjero de padres dominicanos puedan obtener doble ciudadanía. Que los dominicanos en el exterior podrán gozar de las mismas oportunidades que los que viven en República Dominicana y por lo tanto, Bienes Nacionales comenzará la construcción de viviendas, y los dominicanos en el exterior podrán solicitar la venta de esos inmuebles, ya que para ellos habrá oportunidades para la adquisición de propiedades.
Elegir y ser elegido es un derecho del cual no puede, ni debe de ninguna manera, privarse a ningún ciudadano o ciudadana dominicana en el pleno uso de sus derechos constitucionales. Hacerlo, es vulnerar uno de los derechos consagrados en nuestra constitución y al cual tiene derecho todo hijo de esta “media isla, situada en el mismo trayecto del sol”. No obstante, a la fecha, hay más de dos millones de dominicanos y dominicanas, a los cuales….se les niega….la mitad de ese derecho. Si bien es cierto que el Voto del Dominicano en el Exterior es una conquista política merecida y justa por demás, no es menos cierto que, esto nos lleva a la siguiente pregunta: ¿Garantiza ese voto de los dominicanos y dominicanas en el exterior, que los beneficiarios del mismo…se ocupen y preocupen, cuándo lleguen al poder, de los dominicanos fuera del territorio nacional?.
Esta pregunta es válida, atinada y contundente, en vista de que, a pesar del enorme peso de las remesas de esos dominicanos y dominicanas, del aporte sistemático de los mismos a las diversas campañas políticas, del desvelo de esos hombres y mujeres que se desviven por contribuir con el bienestar de nuestro país, con una fidelidad digna de mejor agradecimiento y reconocimiento “nuestro país muestra graves carencias con relación a las políticas e instituciones publicas que se requieren para responder a las demandas sociales derivadas de la voluminosa, antigua y creciente emigración internacional”. Mientras estemos votando por personas que viven a miles de millas de esos millones (sí, porque pronto seremos millones los que estemos empadronados en el exterior, no lo duden) de dominicanos y dominicanas que contribuyeron a llevarlos al poder, será muy fácil que nos olviden y sólo se vuelvan a recordar….cuatro años después. Por ende, si realmente queremos que se haga justicia, la Ley No.275-97, debe de contemplar también…..la otra cara de la moneda: El derecho del dominicano en el exterior a ser elegido.
“Cuando leí el Proyecto de Reforma, una de mis reacciones inmediatas fue tildar en mi mente de injusta la propuesta referente a que los dominicanos y dominicanas en el exterior que poseyeran doble nacionalidad no podrían aspirar a la primera, segunda magistratura y a cargos en el exterior, sin renunciar a la nacionalidad del país receptor. Investigando al respecto, he sido enterada de que esto es algo que está consignado en un acuerdo de la Convención de Viena. Debo confesar que aun no he leído dicho acuerdo, pero es una de mis prioridades tener acceso al (hasta ahora) supuesto acuerdo en los días que restan de esta semana y es una promesa formal, hacerles partícipe a ustedes, de los términos del mismo”.
El párrafo anterior, es parte de mi columna “DOMINICANA SOY”, de la edición impresa de DOMINICANOS-USA, de la quincena pasada. Hice mi tarea y, a continuación, transcribo fielmente lo que establece la Convención de Viena sobre el particular: Artículo 22: NACIONALIDAD DE LOS FUNCIONARIOS CONSULARES:
- 1.) Los funcionarios consulares habrán de tener, en principio, la nacionalidad del Estado que envía.
- 2.) No podrá nombrarse funcionarios consulares a personas que tengan la nacionalidad del Estado receptor, excepto con el consentimiento expreso de ese Estado, que podrá retirarlo en cualquier momento.
Más claro de ahí….ni el agua…. “excepto con el consentimiento expreso de ese Estado” O, sea, eso puede resolverse haciendo acuerdos bilaterales. Además, los senadores o diputados que resultaren electos….NO EJERCERAN SUS FUNCIONES EN EL PAIS DEL CUAL POSEEN LA “otra” ciudadanía……EJERCERAN EN LA REPUBLICA DOMINICANA, EN EL CONgRESO DOMINCIANO, EN EL SENADO DOMINICANA…EN LA REPUBLICA DOMINICANA, con viajes y contactos permanentes al estado del exterior que representen, para ser dignos representantes y canalizadores de soluciones para esos dominicanos residentes en el exterior que los eligieron.
O sea, si existe la voluntad política para que los dominicanos en el exterior puedan elegir y ser elegidos, ESOS PARRAFOS DE LA CONVENCION DE VIENA, EN VISTA DE LA VIABILIDAD DE HACER ACUERDO BILATERALES, NO SON MAS QUE PRETEXTOS Y…… NADA MAS …..(Nery Es Psicóloga Clínica, con especialidad en Orientación y Consejería, ex – Consultora de Comunicación Estratégica /Salud del Banco Mundial; Productora de EL BLOQUE IDEA EN T.V.; Presidenta de la Asociación Dominicana de Desarrollo Humano.E-mail: neryestevezr@hotmail.com)
Elegir y ser elegido es un derecho del cual no puede, ni debe de ninguna manera, privarse a ningún ciudadano o ciudadana dominicana en el pleno uso de sus derechos constitucionales. Hacerlo, es vulnerar uno de los derechos consagrados en nuestra constitución y al cual tiene derecho todo hijo de esta “media isla, situada en el mismo trayecto del sol”. No obstante, a la fecha, hay más de dos millones de dominicanos y dominicanas, a los cuales….se les niega….la mitad de ese derecho. Si bien es cierto que el Voto del Dominicano en el Exterior es una conquista política merecida y justa por demás, no es menos cierto que, esto nos lleva a la siguiente pregunta: ¿Garantiza ese voto de los dominicanos y dominicanas en el exterior, que los beneficiarios del mismo…se ocupen y preocupen, cuándo lleguen al poder, de los dominicanos fuera del territorio nacional?.
Esta pregunta es válida, atinada y contundente, en vista de que, a pesar del enorme peso de las remesas de esos dominicanos y dominicanas, del aporte sistemático de los mismos a las diversas campañas políticas, del desvelo de esos hombres y mujeres que se desviven por contribuir con el bienestar de nuestro país, con una fidelidad digna de mejor agradecimiento y reconocimiento “nuestro país muestra graves carencias con relación a las políticas e instituciones publicas que se requieren para responder a las demandas sociales derivadas de la voluminosa, antigua y creciente emigración internacional”. Mientras estemos votando por personas que viven a miles de millas de esos millones (sí, porque pronto seremos millones los que estemos empadronados en el exterior, no lo duden) de dominicanos y dominicanas que contribuyeron a llevarlos al poder, será muy fácil que nos olviden y sólo se vuelvan a recordar….cuatro años después. Por ende, si realmente queremos que se haga justicia, la Ley No.275-97, debe de contemplar también…..la otra cara de la moneda: El derecho del dominicano en el exterior a ser elegido.
“Cuando leí el Proyecto de Reforma, una de mis reacciones inmediatas fue tildar en mi mente de injusta la propuesta referente a que los dominicanos y dominicanas en el exterior que poseyeran doble nacionalidad no podrían aspirar a la primera, segunda magistratura y a cargos en el exterior, sin renunciar a la nacionalidad del país receptor. Investigando al respecto, he sido enterada de que esto es algo que está consignado en un acuerdo de la Convención de Viena. Debo confesar que aun no he leído dicho acuerdo, pero es una de mis prioridades tener acceso al (hasta ahora) supuesto acuerdo en los días que restan de esta semana y es una promesa formal, hacerles partícipe a ustedes, de los términos del mismo”.
El párrafo anterior, es parte de mi columna “DOMINICANA SOY”, de la edición impresa de DOMINICANOS-USA, de la quincena pasada. Hice mi tarea y, a continuación, transcribo fielmente lo que establece la Convención de Viena sobre el particular: Artículo 22: NACIONALIDAD DE LOS FUNCIONARIOS CONSULARES:
- 1.) Los funcionarios consulares habrán de tener, en principio, la nacionalidad del Estado que envía.
- 2.) No podrá nombrarse funcionarios consulares a personas que tengan la nacionalidad del Estado receptor, excepto con el consentimiento expreso de ese Estado, que podrá retirarlo en cualquier momento.
Más claro de ahí….ni el agua…. “excepto con el consentimiento expreso de ese Estado” O, sea, eso puede resolverse haciendo acuerdos bilaterales. Además, los senadores o diputados que resultaren electos….NO EJERCERAN SUS FUNCIONES EN EL PAIS DEL CUAL POSEEN LA “otra” ciudadanía……EJERCERAN EN LA REPUBLICA DOMINICANA, EN EL CONgRESO DOMINCIANO, EN EL SENADO DOMINICANA…EN LA REPUBLICA DOMINICANA, con viajes y contactos permanentes al estado del exterior que representen, para ser dignos representantes y canalizadores de soluciones para esos dominicanos residentes en el exterior que los eligieron.
O sea, si existe la voluntad política para que los dominicanos en el exterior puedan elegir y ser elegidos, ESOS PARRAFOS DE LA CONVENCION DE VIENA, EN VISTA DE LA VIABILIDAD DE HACER ACUERDO BILATERALES, NO SON MAS QUE PRETEXTOS Y…… NADA MAS …..(Nery Es Psicóloga Clínica, con especialidad en Orientación y Consejería, ex – Consultora de Comunicación Estratégica /Salud del Banco Mundial; Productora de EL BLOQUE IDEA EN T.V.; Presidenta de la Asociación Dominicana de Desarrollo Humano.E-mail: neryestevezr@hotmail.com)
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