Tuesday, October 20, 2009

PRD acatará procedimientos establecidos por la JCE; convocará para mañana a Guido y Tony

Alberto Caminero
a.caminero@elnacional.com.do

El Partido Revolucionario Dominicano acatará los procedimientos establecidos por la Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral para dirimir la impugnación de Guido Gómez Mazara y Tony Peña Guaba a la convención del 27 de septiembre, anunció este lunes el doctor Virgilio Bello Rosa, delegado político ante la Junta.
Informó que la Comisión de Conflicto, que dirige el licenciado Juan Rosario, secretario de organización interino, convocará a Gómez Mazara y Peña Guaba para el miércoles a los fines de conocer los alegatos de fraudes en la convención en que la Comisión Organizadora declaró ganadores a Orlando Jorge Mera, como secretario general, y Geanilda Vásquez, a la secretaría de organización.
La Cámara Contenciosa en dos sentencias, una en la madrugada sábado y otra en la tarde, decidió suspender la convención de delegados que celebraría este domingo el PRD para proclamar las autoridades electas en la convención pasada.
Por otro lado, el vicepresidente del PRD, Rafael Díaz Filpo, informó que la Comisión Organizadora de la Convención se reunirá este lunes para analizar la Resolución emitida por la Cámara Contenciosa de la JCE . Díaz Filpo, miembro de la Comisión, dijo que la reunión está pautada para las 9:00 de la mañana en el local del PRD.
Gómez Mazara y Peña Guaba elevaron una impugnación ante la JCE, la que no conoció en el fondo la Cámara Contenciosa, alegando que deberían ser conocida en la instancia perredeísta, como instancia preparatoria para conocer el fondo de caso. El PRD apeló, a través de Bello Rosa y Eduardo Jorge Prats, la decisión que ratificó en la resolución 0067 porque no se aportó documentos nuevos.
Las impugnaciones
En la resolución 0067, estableció que el conocimiento de las impugnaciones en el PRD debería hacerse en primer grado en las Comisiones Municipales y de Seccionales del Exterior, la Comisión Organizadoras de la Convención en segundo grado y a la Comisión Política del CEN, la jurisdicción de tercer grado, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 206 y 209 de los Estatutos Generales del Partido y disposiciones complementarias”.
Una fuente dijo que al apoderar a la Cámara Contenciosa de sus reclamos. Gómez Mazara y Peña Guaba han llevado a que, tal como señala el Reglamento de Convención, se produzca el recorrido jurisdiccional que posterga su conocimiento en la Comisión Política del PRD.

Otra decisión JCE

La Cámara Contenciosa en una resolución del 13 de septiembre pasado declaró “inadmisible por extemporánea”, una instancia elevada por el dirigente Abel Andrison Fuerte Vargas, demandando anular alegadas actas adulteradas en el Centro de Votación No. 2, en la escuela Eugenio María de Hostos de Maimón, de la provincia Monseñor Nouel.
La Contenciosa se desapodera de esa solicitud porque “la Comisión Organizadora de la Convención constituye la jurisdicción de segundo grado para conocer y decidir cualquier impugnación, recusación o situación contenciosa que se genere en el proceso convencional, previa opinión de la subcomisión de Conflictos “.

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